viernes, 7 de noviembre de 2014

Elaborada por Ariana Veliz

Universidad Central de Venezuela
Facultad de Ciencias Jurídicas y Politicas 
Escuela de Derecho 
Asignaturas: Filosifía del Derecho 
Profesor: Edgar Pérez
Sección: G 
Minuta del 07/11/14
Realizado: Ariana Veliz 

 


Tema 2:
1.       Definir
2.       Caracterizar
3.       Establecer variantes
       3.1   Ius-Naturalismo
       3.2   Ius-Positivismo
       3.3   El formalismo


1. ¿Qué es el Ius-Naturalismo?
     R= Es una palabra, es una corriente o doctrina filosófica.

  • NO hay que confundir el Ius-Naturalismo con el Derecho Natural

a) El Ius-Naturalismo: es una corriente del pensamiento, una concepción del derecho en general. Esa corriente del derecho afirma que existe un conjunto de principios universalmente válidos.

b) El Derecho natural: conjunto de normas. 


2. Características
    1)      Son Universalmente válidos: que no se modifican  en el tiempo y espacio (eternamente válidos) en cuanto época, sociedad, inmodificable,  es decir, no se transforman.
    2)       Son superiores y anteriores al hombre: se traduce en el papel justificador que limita el derecho positivo
    3)      Conforme a la naturaleza
    4)      Son inmutables, es decir, no cambia.


NOTA: es importante señalar que es un principio; podemos comenzar diciendo que es una palabra, que evoca un origen, fundamento, comienzo e inicio. Son postulados que no tienen discusión, la  corriente Ius-Naturalista afirma que estos principios existen y  tienen una total creencia Metafísica.


3.  
Cuáles son las variantes del  Ius-Naturalismo 
     
a) En la Antigüedad (Sociedad Esclavista del Siglo XII a.c V):
     Conformado por los Amos y Esclavos. Concebían a la Naturaleza como una "Razón Cósmica". Los griegos separaban la naturaleza en:
Physis: todo aquello que rodea al hombre.
Nomos: todo aquello que ha creado el hombre.

b) En la Época Medieval (Sociedad Feudal del siglo V-XV):
     Conformado por el Sr, Fedudal y la Siena de la Gleba. Concebían a la naturaleza como la "Razon Divina" (la razón de dios), ellos entendían así la naturaleza, la razón del todo es una creación de dios, buscando el fundamento en dios (Ius-Naturalismo cristiano)

c) Edad Moderna (Sociedad Capitalista del Siglo XV-XVIII): 
     Comformado por el Capitalista y el Trabajador. Concebían a la naturaleza como la "Razón del hombre, centro y principio.

NOTA: El Derecho Positivo que no este conforme a los principios del Ius-Naturalismo no es un Derecho Válido.
           Pensar al derecho, es pensar en la concepción de la Naturaleza en cuanto a las corrientes.

IMPORTANTE: Pre parcial 2 sobre: Concepto, Características y Varientes  del Ius-Naturalismo,  Ius Positivismo y formalismo. 

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