viernes, 22 de mayo de 2015

20-03-2015

Continuación del Feudalismo:
*Deberes del vasallo, y del señor en esta relación interpersonal.
Relación incondicional, y fidelidad incondicional, pero existencial.
Con el tiempo esa relación incondicional se va debilitando y se comienza a configurar unos deberes más precisos existiendo deberes positivos (auxilio y concilio) y negativos (No hacer nada en contra del señor).
*Auxilio: servicio militar que el vasallo debe prestar a su señor.
*Consilium: Integrar el Tribunal feudal o participar en la administración.
*Deberes del señor.
1) Fe y Lealtad
2) Defender  y   Proteger
3) Consejos
4) Garantizar la posesión del beneficio.

Cristianismo
Concepto del uso de la tierra, las tierras ociosas deben ser cedidas a otros. Visión del derecho que no proviene del comunismo.
* Elementos reales (El beneficio)
Constituye la cesión de derechos sobre una tierra de un castillo. Constituye una prenda al vínculo interpersonal.
En un principio lo que se hereda es el derecho de la administración de la tierra, y no heredaban todos los hijos sino el hijo mayor varón.
En un segundo momento se produce un proceso de patrimonializacion del feudo
El nexo feudal se fue diluyendo, se fue transformando y no fue la estructura que permitió la unidad política.

En esta clase se comenzó a leer el libro 8 de la pag  7 a 14.

17-03-2015

·         Continuación del feudalismo :
Entender como es el contrato feudal.
Naturaleza del contrato feudal.
Forma de los estamentos.


*Estratificación  social en 3 Grandes Estamentos:

A)     Estamento de la nobleza
B)      Estamento del clero.
C)      Estamento el pueblo llano.(Artesano)
*El homenaje – como Elemento del contrato Feudal:
Significa entregarse  a otro. ( Vasallo-señor)
En este homenaje al vasallo se dignifica, no pierde su carácter de ser persona, nexo interpersonal ya que el vasallo cede su esfera a la esfera del señor feudal. (Seres libres en principio)

Para el resto  de los grupos sociales estaba excluido el homenaje.

13-03-2015

Preguntas del segundo pre-parcial
1)      Contexto histórico-concreto de la sociedad esclavista, con énfasis en la dimensión política concepto de justicia, clases de Justicia y Equidad en Aristóteles.


2)      Contexto histórico- concreto de la sociedad feudal. Conceptos y clases de ley, relaciones entre las leyes. Concepción del derecho.

10-03-2015

FEUDALISMO (CONTINUACIÒN)

Pacto – Fe : es como un contrato natura, un tercero no puede intervenir.
Estatus Personal: en la medida en que el vasallo no entre en el contrato es nada (no existe).
Pre-parcial: Viernes (Santo Tomas de Aquino, Aristóteles, Feudalismo)


3) Noción del capitalismo según Max Weber, Carlos Marx. Noción y características del Liberalismo.

06-03-2015

EL FEUDALISMO

Sociedad medieval- Marx- Modo de producción social. Siglo X después de la era cristiana al Siglo XVI- feudalismo.
Modo de producción Social feudal
Lo que significa que hay toda una estructura económica que soporta una superestructura (lo cultural, político, social, económico, neológico).
Habrìa que determinar la localización temporal y especial para identificar cuando usamos en la época de la sociedad feudal.
Sòlo haremos referencia en el período que va del siglo IX al XVI (Feudalismo de una época).
(Autor: Otto Hintze: Historia de las formas políticas. Explica el feudalismo como una forma política que va evolucionando como : feudo- reino – estado Naciòn).
Jorge Sabine: Historia de la teoría Polìtica
Ganchof: ¿Qué es el feudalismo?
Romero: ¿Qué es el Feudalismo?
            El feudalismo es una forma de organización social en el sentido de los lazos religiosos que unen a los hombres en una época en conncreto., y existe un poder que pretende descentralizarlos a todos.
            Se organizan alrededor de un pacto que adquiere forma de contrato, cuya naturaleza es una manera de interrelacionarse las personas.
            Garcìa Pelayo:
            Forma de ordenación política que se da en casì todos los países occidentales-europeos desde la segunda mitad del Siglo IX, menos en Cataluña, Hungrìa, polonia.
Feudalismo-Forma Polìtica en una unidad = Reino
El reino que trato de dar una unidad política al feudo no era tan fuerte en principio.
Caracterìsticas:
1.- Los feudos eran unos centros autónomos sin relación unos con otros.
2.- No existìan medios técnicos e institucionales , y por ello cada feudo tenía capacidad de garantizar la paz y la justicia en su parcialidad, pero no había una capacidad de la totalidad.
            La forma de organización celular proviene de los cristianos y no los comunistas.
            Lo que hereda el hijo no es la tierra, es la administración de la tierra, pues el feudo lo que el rey le otorgo fue su administración, y quien heredaba era el hijo varon mayor para no dividir la célula del feudo.
            El vasallo es el señor pero no visto como un esclavo, sino, còmo en una relación donde debe servirla.

            El feudalismo es un método a la unidad política cuando el reino no constituye un poder fuerte, pero en una unidad màs firme propone el feudalismo una decadencia degenerando dispersión política; pero salió ganadora la unidad política del reino.

27-02-2015

ETICA NICOMAQUEA (CONTINUACION)

Lo equitativo es justo pero no según la ley, en cambio, hay ciertas cosas justas según la ley.
La ley es general y abstracta, lo que puede implicar que haya un caso en particular que no entre allí. Es mejor lo equitativo, pues es una corrección de la ley, siendo esta su naturaleza, en conclusión la equidad es una corrección a la ley.

Cuaderno Nº 5 de ;Manuel Garcia Pelayo

Pregunta Nº 1 para desarrollar:

Contexto histórico concreto de la sociedad esclavista. Enfásis en lo público y lo social (Atenas)

Concepto de justicia, clases de justicia y equidad. Referencia ética anicómaco.

viernes, 20 de marzo de 2015

Elaborado por: Belisa Márquez

El HOMENAJE: Implica que se pertenece a la esfera personal del hombre. Mediante el contrato de feudo una persona llamada vasallo se convierte en hombre de otra señor, es decir esto significa el traspaso de mi esfera a la esfera del señor. Por lo que se plantea una relación de servidumbre con el señor y no una simple degradación sino por el contrario, de un realce de la persona que, por este sólo hecho asciende al estamento superior de la sociedad laica.                                                                                           
 La FIDES :En esta vinculación lo que se encuentra presente es la fé, la confianza. Es  el vínculo sustancial que jura fidelidad sobre el evangélio, de modo que su quebrantamiento se denomina (felonía) que significa deslealtad, creencia, o más bien la unidad disoluble entre ambas. Es una adesión incondicional en el sentido existencial. El creyente es fiel y ser fiel es ser creyente. Se tiende as seguir al señor feudal porque presenta o tiene ciertos atributos y conocimientos, es decir, es el líder de la sociedad, por tal razón se presenta una rutinización carismática. La felonía era la acción más despreciable del hombre, porque no tenía ni alcanzaba el perdón de dios.

lunes, 16 de marzo de 2015

Elaborada por Mariana Díaz

Caracas, 10 de Mazo de 2015

Continuación del tema VII: Marco histórico de la sociedad Feudal


         Tal como hemos venido estudiando, en el marco de la sociedad feudal, en la presente nos corresponde entrar en el estudio del Nexo Feudal.
Sin embargo, pasar al punto hemos de recordar que en la época a la cual hacemos mención, no se trata de hombres libres ni de esclavos, se habla de súbditos. Y en lugar de castas se habla de estamentos.

Existen dos formas de relación interpersonal, la primera es la propiamente feudal, la cual se encuentra constituida por la prestación de homenaje ( entrega del hombre la cual ha de entenderse en sentido jurídico), y ello alude a que el hombre (el vasallo) entra el la esfera jurídica del señor feudal, ingresando en una relación de subordinación. En segundo lugar, tenemos la Señorial, en virtud de la cual se debe obediencia a una persona en concreto, persona que se encuentra dotada de facultades jurisdiccionales. De manera que la relación que se establece es entre dos personas, el vasallo y el señor feudal.

Y para que se de el nexo feudal es necesario que se realice un contrato entre el vasallo y el señor feudal, contrato que necesariamente ha de tener ciertas formalidades y debe estar basado en la fe recíproca. Se dispone que que el vasallo le debe al señor feudal servicio y él recibe a cambio del señor, beneficio y protección. De aquí que se dice que el señor feudal recibe un servicio y el vasallo recibe protección.

El contrato Feudal

En este contexto histórico el contrato es el típico instrumento que regula las relaciones interpersonales pero a su vez, permite regular las relaciones feudales. Pero este contrato feudal posees ciertas características propias, por empezar de que es u contrato sui generis, lo que quiere decir, que es u contrato único en su género, no cuenta con un  marco regulatorio sino que por el contrario el contrato es el marco, es la fuente regulatoria de las relaciones sociales. Es más, el contrato es un fin en si mismo, no posee un marco general que lo regule, de forma que no se agota en si mismo.
Y en razón de la pluralidad de contratos que surgen se da como consecuencia la constitución feudal.

El contrato feudal se asemeja a un pacto porque vincula voluntades concordantes, y por tanto orientadas a establecer una relación comunitaria,  a ello se le agrega que dicho contrato es incondicional. Por otro lado, el contrato es diferente del parto en virtud de que éste (el contrato feudal) no admite que otras personas se adherían.

Otro punto de relevancia es el contenido del contrato feudal, y es así, que el contenido del contrato es la institución de una relación desigual pero originariamente iguales. Al entrar en la esfera del señor el vasallo se dignifica como campesino.  En otras palabras, aunque se hable de un relación de igual en realidad no es así, el vasallo se va a subordinar al señor y por consiguiente lo que se establece es una relación de subordinaron del vasallo con el señor, aunándole a ello que el vasallo debe ser fiel al señor, situación que hace ver al contrato como irreversible.

NOTA: El día viernes 13 de marzo se realizará el pre-parcial. Por favor llevar los materiales de estudio correspondientes a los temas visto.

MARIANA DÍAZ